29 de junio de 2010

Huelga Metro Madrid 2010


JÁ, JÁ y mil veces JÁ. Si residen en Madrid ya sabrán por qué, ¿verdad?

Constitución Española (.pdf). Título I de los derechos y deberes fundamentales. Artículo 28:

1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.

2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.




¿Te parece justa esta manera de hacer Huelga?

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